Cambio histórico en las pensiones | La Suprema Corte declaró inconstitucional el plazo mínimo para reconocer concubinato ante el ISSSTE y determino criterios para justicia laboral.
- SNTINSUS

- 4 feb 2020
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Actualizado: 4 mar

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó el 10 de febrero de 2026 que es inconstitucional exigir cinco años de convivencia para acreditar el concubinato y acceder a la pensión por fallecimiento o servicios de salud del ISSSTE y ordenó que las solicitudes de pensión por muerte se resuelvan valorando las pruebas sin imponer esa temporalidad.
¿Qué criterios de la SCJN en pensiones del ISSSTE y justicia laboral quedaron fijados el 10 de febrero de 2026?
Concubinato y pensión por muerte sin “plazo fijo” de cinco años: se declaró inconstitucional exigir cinco años de convivencia para acreditar concubinato ante el ISSSTE y acceder a pensión por muerte y servicios de salud; se mantiene la obligación de probar fehacientemente la relación. (artículos 41 y 131 de la Ley del ISSSTE).
¿Qué aplica ahora? El concubinato se debe acreditar mediante pruebas de dependencia económica, apoyo mutuo o hijos en común, independientemente de la duración de la relación.
Justificación: La Corte señaló que el plazo fijo era una medida inconstitucional y discriminatoria, pues no es la forma menos restrictiva para evitar fraudes, según el comunicado de la SCJN.
Incompatibilidad de doble pensión derivada del mismo fallecimiento: se concluyó que no es posible recibir simultáneamente una pensión por viudez y otra por riesgo de trabajo si ambas se originan en la muerte de la misma persona trabajadora.
Límites de los tribunales laborales frente a contratos colectivos: se determinó que los tribunales laborales no pueden reescribir cláusulas de un contrato colectivo, aun si las consideran inconstitucionales; pueden declarar invalidez e inaplicar en el caso concreto, dejando a la negociación colectiva el ajuste del texto.
Subsanación de identificación en dictámenes periciales médicos: se estableció como jurisprudencia que el requisito de identificación puede tenerse por cumplido aunque no conste directamente en el dictamen, si existen en el expediente constancias suficientes que acrediten la identidad.
Validez de la Ley General de MASC (enero de 2024): se confirmó la validez de diversas disposiciones al considerar que organizan y fortalecen mecanismos como mediación, conciliación, negociación y arbitraje, vinculados al acceso a la justicia del artículo 17 constitucional.
